
El ABC de la declaración de activos en el exterior 2022
Si aún tienes dudas sobre quiénes están obligados a reportar la declaración de activos en el exterior y deseas conocer los plazos establecidos, quédate a leer este artículo porque te explicaremos todo lo que necesitas saber.
Empecemos por lo básico. 🤗
Dicha declaración es anual e informativa y obligatoria que deben presentar los contribuyentes (personas jurídicas y naturales) que poseen activos en el exterior y basados en la realidad económica con corte al 01 de enero del mismo año en el que debe presentarse esta declaración.
¿Cuándo fue creada esta declaración?
Fue creada por el artículo 42 de la ley 1739 de 2014, que posteriormente adicionó el numeral 5 al artículo 574 del Estatuto Tributario, lo cual en su reglamentación exige diligenciar el formulario 160 donde se debe declarar de forma general los activos cuando estos tienen un valor inferior a 3.580 Uvt.
Si de lo contrario, los activos en el exterior superan los 3.580 Uvt se debe detallar cada uno de ellos con el propósito de identificarlos.
«La obligación de presentar declaración de activos en el exterior solamente será aplicable cuando el valor patrimonial de los activos del exterior poseídos a 1 de enero de cada año sea superior a dos mil (2.000) UVT.»
Ahora sí, entremos en materia. 🧠
¿Quiénes deben presentar la declaración de activos en el exterior?
Si eres un contribuyente que tiene activos en el exterior de cualquier naturaleza y supere el monto de 2.000 Uvt, debes presentar dicha declaración.
Para tener en cuenta:
El parágrafo de artículo 607 del Estatuto Tributario establecido por la Ley 2010 de 2019 señala que:
La obligación de presentar declaración de activos en el exterior solamente será aplicable cuando el valor patrimonial de los activos del exterior poseídos a 1 de enero de cada año sea superior a dos mil (2.000) UVT.
Es decir que, si al 01 de enero del 2022, tuviste activos en el exterior por valor superior a 2.000 Uvt, debes presentar la declaración en el 2022.
Te invitamos a ver el siguiente video para aprender más.
¿Cuándo se debe presentar la declaración de activos en el exterior?
La obligación debe ser presentada el mismo año en que se causa la obligación.
Recordemos que la obligación se causa el 01 de enero de cada año, y ese mismo año se debe presentar la declaración en las fechas que indica el calendario tributario.
Por ejemplo, la obligación del 2022 se causa el 01 de enero de 2022, y la declaración se presenta en el mismo 2022.
Dato curioso: Las fechas de presentación de la declaración de activos fijos en el exterior, son las mismas fechas para la presentación de la declaración de renta personas naturales, jurídicas, y grandes contribuyentes según sea el caso.
¿Qué pasa si no presento la declaración de activos en el exterior? 🤔
Si el contribuyente estando obligado a presentar la declaración, no realiza la presentación de la declaración anual de activos, se hace acreedor de la sanción por no declarar, regulada en el artículo 643 del Estatuto Tributario numeral 8 indica que:
«En el caso de que la omisión se refiera a la declaración anual de activos en el exterior, al cinco por ciento (5%) del patrimonio bruto que figure en la última declaración del impuesto sobre la renta y complementarios presentada.»
«Al cinco por ciento (5%) del patrimonio bruto que determine la Administración Tributaria por el período a que corresponda la declaración no presentada, el que fuere superior.»
Entonces la normatividad tributaria, también regula las sanciones por extemporaneidad o por corrección, las cuales están expresas en los artículos 641 y 651 del estatuto tributario.
La declaración de activos en el exterior fue creada por el artículo 42 de la ley 1739 de 2014, que posteriormente adicionó el numeral 5 al artículo 574 del Estatuto Tributario.
Conoce todos los plazos para presentar la declaración 👇
De acuerdo con el decreto 1778 del 21 de diciembre de 2021 se establecieron los vencimientos para presentar la declaración anual por el año 2022, quedando así:
Grandes contribuyentes.
Deben presentar la declaración del año gravable del 2022 en las siguientes fechas:
Último dígito | Hasta el día |
---|---|
1 | 7 de Abril 2022 |
2 | 8 de Abril 2022 |
3 | 11 de Abril 2022 |
4 | 12 de Abril 2022 |
5 | 13 de Abril 2022 |
6 | 18 de Abril 2022 |
7 | 19 de Abril 2022 |
8 | 20 de Abril 2022 |
9 | 21 de Abril 2022 |
0 | 22 de Abril 2022 |
Personas Jurídicas.
A diferencia de los grandes contribuyentes, deben presentar la declaración anual en estas fechas:
Últimos dígitos del NIT | Hasta el día |
---|---|
01 al 05 | 7 de Abril 2022 |
06 al 10 | 8 de Abril 2022 |
11 al 15 | 11 de Abril 2022 |
16 al 20 | 12 de Abril 2022 |
21 al 25 | 13 de Abril 2022 |
26 al 30 | 18 de Abril 2022 |
31 al 35 | 19 de Abril 2022 |
36 al 40 | 20 de Abril 2022 |
41 al 45 | 21 de Abril 2022 |
46 al 50 | 22 de Abril 2022 |
51 al 55 | 25 de Abril 2022 |
56 al 60 | 26 de Abril 2022 |
61 al 65 | 27 de Abril 2022 |
66 al 70 | 28 de Abril 2022 |
71 al 75 | 29 de Abril 2022 |
76 al 80 | 2 de Mayo 2022 |
81 al 85 | 3 de Mayo 2022 |
86 al 90 | 4 de Mayo 2022 |
91 al 95 | 5 de Mayo 2022 |
96 al 00 | 6 de Mayo 2022 |
Personas Naturales.
Por último, este grupo debe presentar la declaración en las siguientes fechas:
Últimos dígitos del NIT | Plazo para declarar |
---|---|
01 y 02 | 9 de Agosto 2022 |
03 y 04 | 10 de Agosto 2022 |
05 y 06 | 11 de Agosto 2022 |
07 y 08 | 12 de Agosto 2022 |
09 y 10 | 16 de Agosto 2022 |
11 y 12 | 17 de Agosto 2022 |
13 y 14 | 18 de Agosto 2022 |
15 y 16 | 19 de Agosto 2022 |
17 y 18 | 22 de Agosto 2022 |
19 y 20 | 23 de Agosto 2022 |
21 y 22 | 24 de Agosto 2022 |
23 y 24 | 25 de Agosto 2022 |
25 y 26 | 26 de Agosto 2022 |
27 y 28 | 29 de Agosto 2022 |
29 y 30 | 30 de Agosto 2022 |
31 y 32 | 31 de Agosto 2022 |
33 y 34 | 1 de Septiembre 2022 |
35 y 36 | 2 de Septiembre 2022 |
37 y 38 | 5 de Septiembre 2022 |
39 y 40 | 6 de Septiembre 2022 |
41 y 42 | 7 de Septiembre 2022 |
43 y 44 | 8 de Septiembre 2022 |
45 y 46 | 9 de Septiembre 2022 |
47 y 48 | 12 de Septiembre 2022 |
49 y 50 | 13 de Septiembre 2022 |
51 y 52 | 14 de Septiembre 2022 |
53 y 54 | 15 de Septiembre 2022 |
55 y 56 | 16 de Septiembre 2022 |
57 y 58 | 19 de Septiembre 2022 |
59 y 60 | 20 de Septiembre 2022 |
61 y 62 | 21 de Septiembre 2022 |
33 y 64 | 22 de Septiembre 2022 |
65 y 66 | 23 de Septiembre 2022 |
67 y 68 | 26 de Septiembre 2022 |
69 y 70 | 27 de Septiembre 2022 |
71 y 72 | 28 de Septiembre 2022 |
73 y 74 | 29 de Septiembre 2022 |
75 y 76 | 30 de Septiembre 2022 |
77 y 78 | 3 de Octubre 2022 |
79 y 80 | 4 de Octubre 2022 |
81 y 82 | 5 de Octubre 2022 |
83 y 84 | 6 de Octubre 2022 |
85 y 86 | 7 de Octubre 2022 |
87 y 88 | 10 de Octubre 2022 |
89 y 90 | 11 de Octubre 2022 |
91 y 92 | 12 de Octubre 2022 |
93 y 94 | 13 de Octubre 2022 |
95 y 96 | 14 de Octubre 2022 |
97 y 98 | 18 de Octubre 2022 |
99 y 00 | 19 de Octubre 2022 |
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